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Quiénes somos
DESCRIPCIÓN:
El PATRONAT SANTA CREU DE LA SELVA es una fundación privada sin ánimo de lucro que se dedica a crear viviendas de protección oficial y a gestionarlos en régimen de alquiler asequible.
ORIGEN y EVOLUCIÓN:
El Patronat nace con motivo de la especial sensibilidad de la Iglesia gerundense en materia de vivienda y de las dificultades para acceder: la entidad fue creada en 1957 por el Obispo de Girona, José *Cartañá, entonces con la denominación de Patronat Benèfic de la Santa Creu de la Selva Girona, para cubrir la necesidad de vivienda de los movimientos migratorios interiores que venían en Catalunya a buscar trabajo y que, generalmente, tenían pocos recursos económicos.
Durante años, la fundación promovió más de 3.000 viviendas, y los transmitió principalmente a través del acceso diferido a la propiedad. Aun así, desde el año 2000, la política de vivienda del Patronat se orienta casi en exclusiva al arrendamiento. Actualmente, el Patronat continúa trabajando, como fundación privada sin ánimo lucrativo, para promover viviendas de protección oficial y gestionarlos en alquiler asequible para personas con necesidades.
La Fundació Privada Patronat Santa Creu de la Selva está inscrita al Registro de Fundaciones de la Generalitat de Catalunya. También está homologada por la Agencia de la Vivienda de Catalunya como promotor social de viviendas de protección oficial.
FINALIDADES:
La finalidad principal del Patronat es la creación de viviendas de protección oficial y gestionarlas en régimen de alquiler asequible dirigido a amplias capas de la ciudadanía.
Además, durante los últimos años, la entidad se ha especializado también en proyectos de vivienda protegida específicas para gente mayor. Este es el caso del Centre Joan Suñer (122 viviendas de alquiler de protección oficial, con servicios comunes, para personas de más de 65 años) o del edificio de la calle de Roser de Llagostera (16 viviendas de arrendamiento asequible para personas de más de 60 años con voluntad de hacer vida en comunidad).
Más concretamente, de acuerdo con el artículo 5 de los Estatutos de la Fundación, las finalidades fundacionales son:
a) Contribuir a hacer efectivo el derecho de los ciudadanos a una vivienda digna y adecuada.
b) Practicar una política de vivienda principalmente orientada al alquiler asequible, aunque sin olvidar la venta al consumidor final, que contribuya a moderar y estabilizar el mercado de la vivienda, de forma que tanto directamente como indirectamente se puedan beneficiar amplias capas de la sociedad.
c) Contribuir al incremento del parque de vivienda asumible, principalmente en régimen de alquiler, destinado al conjunto de la población, de acuerdo con la legislación sectorial aplicable.
d) Ayudar a que los jóvenes puedan afrontar la emancipación y la formación de nuevos hogares mediante el acceso a una vivienda principalmente de alquiler asumible, como régimen de tenencia especialmente adecuado para satisfacer su necesidad de vivienda y, a la vez, preservar la movilidad que a veces exige el mercado de trabajo o el periodo formativo.
e) Facilitar que la gente mayor pueda contar con una vivienda digna y adecuado, principalmente en régimen de alquiler de precio limitado y, si se tercia, con instalaciones y servicios comunes.
f) Contribuir a que las personas con discapacidad disfruten de una vivienda digna y adaptada, principalmente en régimen de alquiler asequible.
g) Facilitar que los sectores de población que no disponen de recursos económicos suficientes como para disponer de una vivienda en condiciones de mercado, puedan acceder principalmente en régimen de alquiler protegido.
h) Promover que las personas inmigradas, los colectivos sociales con más dificultades y los ciudadanos con menos recursos económicos puedan hacer efectivo el derecho a una vivienda digna.